Circular Informativa Externa No 006-2020

El Gobierno Nacional habilitó a las administraciones municipales y a las empresas que presten servicios públicos para que durante la crisis que se espera se supere en uno o dos meses, se garantice la continuidad de los servicios públicos a toda la población y para ello la Comisión Reguladora de Agua Potable a través de la Resolución CRA 911 del 17 de Marzo de 2020, estableció las medidas transitorias en el Sector de agua Potable y Saneamiento Básico, la Superintendencia de Servicios Públicos a través de la Resolución SSPD 20201000009825 del 26 de marzo de 2020, solicito la activación de los planes de contingencia, reporte de reconexiones realizadas a los usuarios, estado de las condiciones físicas del personal operativo y una serie de reportes temporales de información financiera y técnica a todos los prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios Básicos que operan en el Territorio Nacional.

De esta manera EMSER E.S.P. Como empresa comprometida con la calidad de vida de los libanenses, a través de la Resolución No 126 de 2020 adopto medidas temporales para garantizar la prestación normal de todos sus servicios públicos: como son provisión de agua potable, gestión de aguas residuales y gestión de residuos sólidos con la calidad, continuidad y cobertura que siempre se ha caracterizado, acogiendo las medidas normativas expedidas por la CRA y SSPD asociadas a la Emergencia Sanitaria asociada al COVID-19 de la siguiente manera: