MIPG
La Constitución Política de Colombia en el Articulo 269 determina la obligación de las entidades publicas, de diseñar y aplicar según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con la normatividad que regula la materia.
Que el Modelo Integrado de Planeación y Gestión deberá ser aprobado por los organismos y entidades del orden nacional y territorial de la rama ejecutiva del poder publico, de conformidad a lo Establecido en el Decreto 1499 de 2017, articulo 2.2.22.34 "Ambito de Aplicación"
Que la EMSER E.S.P. es consciente de la importancia de la Implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, como mecanismo de generación de Resultados del plan de acción insititucional, garantía de derechos, resolución de las necesidades y problemas de la ciudadanía con integridad y calidad en el servicio.
Por lo anterior presentamos la Resolución No 162 del 26 de Abril de 2019 "Por medio de la cual se adopta el nuevo Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG V2 en la EMSER E.S.P."